Abogados Mercantiles en Monterrey

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Continúa leyendo este artículo para conocer cuáles son las ventajas de consultar a un especialista del derecho mercantil.

Abogados mercantiles en Monterrey

¿En qué se especializan los abogados mercantiles?

Los abogados mercantiles son especialistas en asuntos relacionados con el comercio.

Mientras que la rama del derecho civil se concentra en actos que hacen particulares “sin fines de especulación comercial”, la rama del derecho mercantil atiende al dominio de los negocios.

En particular, Nuevo León se destaca por ser una entidad ferativa industrial por excelencia. De ahí que el derecho mercantil es un área de práctica legal muy concurrida por abogados mercantiles en Monterrey.

Algunas transacciones que recaen en la esfera de competencia de la legislación mercantil son las operaciones bancarias. Éstas incluyen cualquier tipo de captación de recursos o títulos de crédito (e.g. cheques, pagarés, títulos accionarios, letra de cambio, etc.).

También abarcan operaciones relacionadas o en las que participen sociedades mercantiles.

En general, las transacciones mercantiles se diferirán de las civiles por ser cualquier transacción que se haga como propósito principal de un negocio cuyo propósito sea la especulación comercial.

¿Qué asuntos atienden normalmente los abogados mercantiles en Monterrey u otros lados?

Actos Comerciales

Los actos de comercio son por excelencia aquellos actos que recaen en el derecho mercantil.

El artículo 75 del Código de Comercio vigente trata aquellos actos que se reputan como de comercio. De entre los actos listados, figuran los siguientes:

  • La compraventa de inmuebles con fines de especulación comercial;
  • La compraventa de participación u obligaciones en las sociedades mercantiles;
  • Empresas de abastecimiento o suministro;
  • Las actividades de fábricas y manufactureras;
  • La construcción realizada por empresas;
  • Operaciones de comisión mercantil;
  • Operaciones bancarias;
  • Contratos de seguros;
  • Contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación;
  • Fideicomisos;
  • Entre otros.

Un abogado mercantil debe tener conocimiento en la estructuración de este tipo de actos. Asimismo, debe saber intervenir cuando existe una disputa relacionada con los mismos.

Títulos de Crédito

Se clasifican como títulos de crédito aquellos que así se designan bajo la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Los títulos más utilizados en el comercio son el cheque y el pagaré.

También existen otros de menor uso como los títulos accionarios, certificados de depósito, obligaciones, bonos de prenda, letras de cambio, entre otros.

Por lo general, los asuntos que atiende un abogado mercantil en relación a los títulos de crédito es identificar la manera de hacerlo exigible y demandar su cobro ante una autoridad competente. Desde luego que un abogado también pudiera defender a su cliente en caso de que se le requiera el cobro de un título de crédito.

Los títulos de crédito son documentos que por sí solos amparan derechos y obligaciones de pago frente a las partes. Dichos documentos son autónomos en cuanto a que no requieren para su validez, ir acompañados del contrato subyacente o los antecedentes de donde surgen los derechos de cobro.

Es por ello que son ampliamente utilizados en las costumbres comerciales, de ahí que se requiere a un profesional del derecho mercantil para asistir en la cobranza o la elaboración de uno de ellos.

Sociedades Mercantiles

Las sociedades mercantiles, a diferencia de las civiles, deben tener un fin de lucro mediante la especulación comercial. Su estructura legal y fiscal está diseñada precisamente para la concentración de capitales y su destino es llevar a cabo actos de comercio en busca de una utilidad.

Los “tipos societarios” más comunes en Monterrey y otros lugares de los Estados Unidos Mexicanos, son la Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.), la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.) o la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.). Los abogados mercantiles en Monterrey también han adoptado en los últimos años el régimen societario de Sociedad Anómina Promotora de Inversión (S.A.P.I. de C.V.) por su gran potencial para ser flexible para inversionistas.

De ahí que, los actos que llevan a cabo entre entidades mercantiles, son sujetos al derecho del comercio y por lo tanto, se ubican en el ámbito de competencia de un abogado mercantil.

Algunos de los típicos asuntos relacionados con sociedades mercantiles pueden ser los siguientes:

Fusiones y Adquisiciones

Una de las prácticas más importantes en el derecho es el llamado “derecho transaccional”.

Tiene que ver con la compraventa o fusiones de sociedades en el mercado. Llevar a cabo dichas operaciones implican una carga importante de trabajo que va desde la auditoría de la empresa a venderse, hasta la ejecución de los acuerdos para materializar la transacción.

Las compraventas de empresas pueden ser de acciones o de activos. Dicha decisión dependerá de una gran cantidad de factores a ser analizados por todo tipo de asesores profesionales, particularmente aquellos expertos en materia tributaria.

Secretaría Corporativa

Las sociedades requieren de diversos actos jurídicos para que puedan funcionar.

Este funcionamiento se basa en la estructura de decisiones por parte de los socios que conforman a la sociedad, así como las decisiones del órgano administrador. Ambas esferas de decisión son distintas y deben ser documentadas debidamente mediante actas de asamblea o acta de sesión de consejo, respectivamente.

Dichas actas son trabajo de un abogado mercantilista.

Otra parte importante de la secretaría corporativa de una sociedad es la actualización de los llamados “libros corporativos”. Estos consisten comúnmente en cuatro libros: el libro de actas de asamblea, el libro de registro de acciones, el libro de variaciones de capital y el libro de actas de sesión de consejo de administración.

Aunque pudiera haber más tipos de libros, estos libros constituyen el legítimo registro de los movimientos corporativos hacia el interior de una entidad.

Aumentos y Disminuciones de Capital Social

El objetivo principal de una sociedad, como se había comentado anteriormente, es la agrupación de capitales provenientes de diversos socios para llevar a cabo un fin común.

Dichas aportaciones de capital, entre otras cosas, le dan derecho a sus socios a tener más (o menos) participación respecto del haber social.

Los aumentos y disminuciones de capital deben ser documentados mediante la respectiva asamblea, sin perjuicio de que se respeten derechos corporativos al resto de los socios para no diluirse (en el caso de aumentos).

Otorgamiento de Poderes

Para que una sociedad pueda celebrar un acto jurídico (e.g. firmar un contrato, abrir una cuenta bancaria, defenderse en un juicio), debe nombrar representantes o apoderados para que, en nombre de la entidad, lleven a cabo dichos actos.

Es muy común que, adicionalmente al órgano de administración de una sociedad, se le otorguen poderes a terceros para que puedan ejercitar diversos actos específicos.

Facturas

Los asuntos relacionados con las facturas son muy comunes en la práctica de un abogado mercantil.

Esto se debe a que las facturas son, por excelencia, el instrumento que sirve de comprobante fiscal en el pago de operaciones comerciales.

Muchas empresas tienen la práctica de emitir una factura previo a su pago y, con dicha factura, exigir el pago al deudor. De modo que si incumple el deudor con su pago, el acreedor tendrá como “prueba” del adeudo, las facturas emitidas. Son estos documentos con los que acudiría el perjudicado ante una autoridad para exigir el cobro de su adeudo.

La cobranza de facturas adeudadas es una actividad que comúnmente se ve en los tribunales, de ahí que los abogados mercantiles son los indicados para asesorar a empresas que se encuentren en este supuesto.

Financiamientos o Préstamos

La mayoría de los préstamos formales que operan en el mercado, los otorgan sociedades mercantiles autorizadas para ello.

Entre instituciones de crédito (bancos) y empresas auxiliares de crédito (e.g. sociedades financieras de objeto múltiple o SOFOMEs), conforman la gran mayoría de entidades que otorgan este tipo de préstamos regulados.

La cobranza de estos préstamos, así como la asesoría regulatoria para este tipo de empresas, son asuntos que recaen en el ámbito del derecho mercantil y por lo tanto, son los abogados mercantiles quienes se especializan en ellos.

Tengo un problema con un préstamo. ¿Me debo asesorar con abogados mercantiles?

Uno de los asuntos más comunes en la práctica litigiosa del derecho mercantil es la cobranza préstamos o cartera vencida, así como la defensa de dicha cobranza.

Por lo general, este tipo de contratos o préstamos conllevan garantías que facilitan, mas no garantizan per se, la cobranza de los créditos.

De entre las garantías se encuentran las reales y las personales.

Las garantías reales utilizadas con mayor frecuencia son la hipoteca y la prenda. Ambos tipos de garantía persiguen la suerte del bien inmueble o mueble, respectivamente, sobre el que se constituyeron.

En cuanto a garantías personales, las más utilizadas son los títulos de crédito o facturas (cuando se “endosan en garantía”). El título de crédito que por lo general se acompaña bajo un contrato de crédito es el pagaré.

De esta manera, el trabajo de un profesional del derecho es utilizar estas garantías para ejecutar préstamos o créditos o bien, defender al acreditado cuyo patrimonio se ve amenazado por la posible cobranza de la institución financiera.

¿Cuáles son algunos contratos mercantiles importantes para tu negocio?

Compraventa Mercantil

La compraventa es quizás el acto más prevaleciente en el comercio.

Los negocios existen precisamente porque una parte tiene algún producto o servicio que ofrecer y que agrega valor a un tercero. A su vez, ese tercero está dispuesto a adquirirlo por el valor que le agrega.

De ahí surge una compraventa.

Este contrato es el pilar del comercio y su complejidad, alcance y flexibilidad puede variar mucho dependiendo el asunto y el especialista que lo redacta.

Por lo general, las compraventas en materia mercantil tienden a inclinarse por ser documentos que facilitan las compraventas consecutivas. Una vez que dos partes hacen negocios, no hay necesidad de firmar un contrato de compraventa por cada adquisición de mercancía, sino que un contrato marco sólido debe regir la relación entre ambas para el largo plazo.

Comisión Mercantil o Distribución

La comisión mercantil, la cual muchas veces va de la mano con un encargo para distribuir, es el acuerdo por medio del cual una parte le otorga facultades a otra para que ejecute un encargo o mandato.

Por lo general, estas comisiones se celebran para facultar a un tercero (el comisionista) que lleve a cabo operaciones comerciales en nombre del comitente.

Un ejemplo muy común de comisión mercantil es la distribución de cierto producto.

Dado que las empresas tienen un capital limitado y por ello una infraestructura que quizás no les permita ingresar a nuevos mercados sin tener que hacer una inversión importante, utilizan esta figura para lograr la expansión de su marca mediante la comisión a terceros que distribuyan los productos o servicios.

Suministro

El contrato de suministro es básico para empresas que requieren de materia prima para producir, ensamblar, maquilar o manufacturar un producto terminado o semi-terminado.

Esta relación entre proveedor de materia prima y cliente, se regula a través de un contrato de suministro, que no es otra cosa que compraventas sucesivas detonadas a través de pedidos y comunicaciones informales.

Contrato de Apertura de Crédito

De acuerdo a lo que comentábamos en líneas anteriores, la apertura de crédito ante instituciones financieras es un acto comercial muy común.

Este tipo de contratos se dan comúnmente ante las instituciones de crédito, aunque recientemente han logrado más popularidad las instituciones auxiliares de crédito que de igual manera, captan recursos del público general.

Contrato de Seguro

El seguro es un acuerdo por medio del cual un contratante se obliga a pagar una suma a favor de una institución regulada para que ésta, bajo ciertos supuestos específicos e inciertos, pague a favor de un beneficiario, una cantidad determinada.